Portal de Transparencia

El Ayuntamiento de Loranca de Tajuña quiere ser más transparente y por eso pone a su disposición aquella información de consulta que facilite el seguimiento y control de la actividad de este Consistorio, de su gestión y de sus actuaciones, con el fin de mejorar tanto el buen gobierno como la calidad de los servicios y la eficiencia municipal.

Puede encontrar información organizativa e institucional del Ayuntamiento, cargos electos, personal municipal, retribuciones, organización y patrimonio municipal. Dicha información ha sido seleccionada teniendo en cuenta la Ley de Transparencia, acceso a la función pública y buen Gobierno y las recomendaciones de la Asociación Internacional de la Transparencia avalada por la ONU.

Este nuevo portal estará en continuo cambio para adaptarse a las solicitudes de información pública realizadas por los vecinos de Loranca y ajustarse a las variaciones de la normativa que se vayan llevando a cabo. El Ayuntamiento de Loranca es una administración abierta a los ciudadanos por eso, a través de esta web y de las redes sociales, puedes seguir la actualidad municipal y hacernos llegar tu consulta, idea o propuesta para, entre todos, hacer que nuestra localidad sea cada día mejor.

Institucional

Órganos de Gobierno y funciones

Altos cargos

  • Retribuciones: Ningún cargo electo tiene sueldo
  • Asistencias
    Artículo 75 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local.
    3. Sólo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía señalada por el pleno de la misma.
    4. Los miembros de las Corporaciones locales percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo, según las normas de aplicación general en las Administraciones públicas y las que en desarrollo de las mismas apruebe el pleno corporativo.
    Base 11ª.- Indemnizaciones de miembros de la corporación.
    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 75 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 13 del R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, las indemnizaciones de los miembros de la Corporación, serán las siguientes:
    • Por asistencia a Pleno, Comisiones y, en su caso, Junta de Gobierno, sesenta euros por sesión.
    • Por celebración de matrimonios civiles, sesenta euros por acto.
    Base 10ª.- Gastos de transporte.
    Serán abonados los gastos de locomoción que se justifiquen en el caso de desplazamientos por comisión de servicio o gestión oficial que previamente hayan sido aprobadas por el Pleno o el Alcalde según sus respectivas competencias, a razón de 0,20 Euros/Km.
  • Autorizaciones de actividad privada

Personal

 

Económica

Ayudas y Subvenciones

Patrimonio

  • Inventario de bienes y derechos de la Entidad
  • Vehículos oficiales adscritos a la Entidad
    • Camión matrícula E 6074 DFG
    • Ford Transit matrícula E 8186 GVZ
    • Retroexcavadora matrícula E-9915-BCL
    • Dumper matrícula E-4266-BDD

Contratación

  • Mesas de contratación
  • Contratos
  • Convenios y encomiendas de gestión